Los requisitos para que el M.C. sea un instrumento operativo en la empresa y permita estructurar las actividades requeridas por el Sistema de la Calidad, son:
- El responsable último del M.C. es la Empresa, representada por su Comité de Dirección. Por lo tanto, el M.C. sólo se considera válido cuando consta en él su aprobación expresa.
- El M.C. debe indicar, expresamente, las personas responsables de llevar a cabo el Programa de la Calidad y de mantener actualizado el manual.
- El M.C. no debe extenderse más que a los requisitos que aseguran el cumplimiento de la Política de la Calidad establecida.
- Con objeto de definir claramente el área de aplicabilidad del M.C., se incluirá una relación detallada de los centros de trabajo, y de los bienes y servicios que están bajo el régimen del manual.
En el caso de empresas en cuya organización existan diversas divisiones o centros de trabajo se recomienda elaborar, además del Manual de la Calidad que recoja las directrices generales de la empresa, los Manuales de Procedimientos específicos que desarrollen, de forma puntual, las actividades a realizar por cada división o centro, para cumplir las directrices generales.
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