A principios del mes de enero, todos hablábamos sobre el aumento del 20% en los precios de la gasolina, lo que ha motivado a las personas a buscar soluciones para que sus bolsillos se vean menos apretados.

Ya que para muchos, dejar de utilizar el automóvil no es una opción, pues sus trabajos se encuentran demasiado lejos, tienen una familia numerosa y actividades diarias en las que se requiere el uso de un vehículo para la seguridad y comodidad de todos los miembros, una de estas opciones consiste en deducir los gastos de cada mes.

En la actualidad, los contribuyentes personas morales, personas físicas con actividades empresariales o profesionales y quienes están dados de alta ante el Régimen de Incorporación Fiscal y las Sociedades con Acciones Simplificadas pueden deducir sus gastos por combustibles, por lo que pueden obtener un saldo a favor al final de cada periodo. Sin embargo, las personas físicas con ingresos por sueldos y salarios o las personas con ingresos por arrendamiento no pueden deducir el costo de los combustibles.

Las autoridades fiscales no consideran que ciertos contribuyentes requieran deducir combustibles, como quienes reciben rentas por inmuebles o trabajadores asalariados, a pesar de que hoy en día casi todos los trabajos requieren el uso de un vehículo para llegar temprano, especialmente para quienes viven en grandes ciudades.

El Servicio de Administración Tributaria ha señalado que para que el gasto en combustibles pueda deducirse, es necesario que se utilice estrictamente para los fines de la actividad laboral y que esté registrado en la contabilidad de la empresa. Para poder deducir la gasolina, debemos contar con la factura electrónica de la estación de servicio enajenante de combustible, o con la factura electrónica y complemento de estado de cuenta de combustibles para monederos electrónicos que expida el emisor autorizado. El IVA se debe trasladar en forma expresa y por separado en los comprobantes fiscales correspondientes.

Además, el pago de combustible deberá ser a través de una tarjeta de crédito, débito o de servicios, monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT, o vía transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente. En caso de que el contribuyente pague el combustible en efectivo, la autoridad fiscal podrá rechazar la deducción.

Es importante aclarar que la deducción de combustible tiene un límite, que dependerá del valor del vehículo. El tope de automóviles deducibles es de 175,000 pesos más IVA, por lo que la gasolina que pueden deducir los vehículos de igual o menor monto es 100% deducible.

Si tenemos un auto, por ejemplo de 350,000 pesos más IVA, como sólo 175,000 pesos son deducibles, podemos deducir sólo el 50% de los gastos en combustible.

Hay que aclarar la importancia de no tratar de engañar a la autoridad fiscal, intentando deducir gasolina cuando no es necesaria para la actividad laboral o excediéndose en el gasto por pago de combustibles; actualmente el SAT tiene facultades para sancionar a los contribuyentes que quieran abusar de dicho beneficio fiscal y pueden hacerse merecedores de un crédito fiscal, multas o recargos por haber deducido de más.