Seguramente en las últimas semanas habrás escuchado hablar sobre el Recibo Electrónico de Pagos (REP) ya sea que tu contador te haya contado sobre éste, o tus clientes hayan comenzando a solicitarlo. Pero si aún no tienes claro qué es y en qué casos debes emitirlo aquí te contamos los detalles para asegurarte que estás cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales.

En el último año ha habido muchos cambios en cuanto a materia fiscal se refiere, se pasó a la versión 3.3 de la factura electrónico, hubo nuevos catálogos del SAT, se modificó el proceso de cancelación de un CFDI, por mencionar algunos, y entre ellos también entró el uso del REP o complemento de pagos,

¿Qué es el Recibo Electrónico de Pagos?

El REP, también conocido como Complemento de pagos o CFDI de pagos, es aquél documento que el contribuyente debe emitir por cada pago que haya recibido, y éste debe relacionarse con una factura.

La información que contiene es aquella que se relaciona con los pagos que se reciben y se debe emitir a más tardar los primeros 10 días del mes siguiente.

¿Cuándo se emite el REP?

El Recibo Electrónico de Pagos deberá emitirse en alguna de las siguientes dos situaciones:

1.- Cuando las operaciones que no han sido pagadas en una sola exhibición y se hace el pago en parcialidades. El contribuyente deberá tener en cuenta que el emisor deberá emitir un CFDI de Ingreso al momento de la operación y por cada uno de los pagos recibidos de dicha operación deberá emitirse un REP que esté relacionado a esa factura emitida.

2.- Cuando la operación es a crédito, es decir que el pago no se hago al momento de emitir el CFDI y que el pago sea emitido después de la emisión de comprobante.

Datos que debe tener el REP

Algunos de los datos que deberá tener el REP son:

-Cantidad pagada: se debe revisar que la cantidad que se acordó y la registrada sea la misma que tiene el REP.

-Método de pago: se debe especificar la clave dependiendo si la operación se pagó en una sola exhibición o en parcialidades.

-PPD: el pago en parcialidades o diferido aplica si el pago se realiza de forma posterior a la emisión del comprobante, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades.

-CFDI al que se relaciona: se debe indicar cuál es la factura a la cual está relacionado.